ASUNTO |
COMENTARIO |
ARTÍCULO |
Eliminación del concepto ITINERARIO CICLISTA |
Era el concepto que querían usar para el uso de la bici en zonas peatonales. Difuso y confuso y muy restrictivos. Entendemos que no beneficia ni a peatones ni a ciclistas. |
Exp. de motivos III |
Introducción del concepto AREA DE TRÁFICO RESTRINGIDO Y ESPACIO PEATONAL COMPARTIDO |
Permite la permeabilidad al ciclista en el centro histórico y áreas peatonalizadas. |
Art. 9, 16 y 24 – 7º. |
Introducción de CICLOCALLES Y CICLOCARRILES |
Fundamental para que paulatinamente el ciclista circule por la calzada con más seguridad |
Exp. motivos III, art. 31 bis y 39 |
Introducción de PLATAFORMA DE ESPERA AVANZADA |
Muy importante para dar seguridad al ciclista al salir de semáforos y cruces. |
Art. 39 – 6º |
Cambio del término carril bici por VÍA CICLISTA |
Usaban “carril bici” en cualquier caso y es más correcto usar “vía ciclista”. Hay muchos tipos de vías ciclistas. El carril bici solo es una de ellas. |
Art. 11 |
Diferenciación del concepto ACERA de PASEO, PARQUE, ZONA PEATONAL Y ZONA PEATONAL COMPARTIDA |
Sólo queda prohibido circular en bici por aceras; en el texto inicial también por paseo, parque, …. Al diferenciar los distintos tipos de zonas, se pueden restringir más las prohibiciones |
Art.12 |
Posibilidad de SEÑALES ADICIONALES al Catálogo Oficial |
Abre la puerta a señales específicas ciclistas no contempladas en el RGC. |
Art.10 |
Acceso de peatones al Bus urbano |
Acceso permitido a la calzada entre coches o contenedores para tomar el BUS urbano |
Art. 13 |
Normas de uso para ciclistas de las ZONAS DE TRÁFICO RESTRINGIDO |
Importante para usar con respeto la bici en las zonas peatonalizadas y no agredir a los peatones |
Art. 16 |
Posibilidad de ESTACIONAMIENTO DE BICIS en ZONAS PEATONALES |
Al resto de vehículos no se permite |
Art. 16 |
Circulación en CONTRASENTIDO en zonas peatonales compartidas del CENTRO HISTÓRICO |
Hay calles en que el tráfico general (restringido) es en un solo sentido (ej. c/ Laín Calvo). Las bicis podrán circular en ambos sentidos. |
Art. 28 – 3º |
Posibilidad de CIRCULAR EN BICI POR CALZADA aunque exista una VÍA CICLISTA CERCANA |
Con la señalización actual no se puede ir por calzada si hay en paralelo una vía ciclista. |
Art. 30 – 2º |
Circular en calzada por el CENTRO del CARRIL |
Importante para aumentar la seguridad. Posición derecha implica peligro por apertura de puertas, salida de coches aparcados, adelantamientos en calles estrechas, … |
Art. 30 – 2º |
Circular en bici por PARQUES y PASEOS |
Se establecen las normas y condiciones en que es posible |
Art. 30 – 4º |
ADELANTAR A VEHÍCULOS PARADOS en cruces y semáforos para acceder a plataforma avanzada de espera |
Muy importante para dar seguridad al ciclista al salir de semáforos y cruces |
Art. 30 – 5º |
Establecer PASOS CICLISTAS en TODOS los cruces de vía ciclista con calzada |
Aún quedan varios cruces de vía ciclista con calzada sin paso ciclista (señalización horizontal específica B04). |
Art. 31 |
Posibilidad de establecer MEDIDAS ADICIONALES para la SEGURIDAD Y COMODIDAD de circulación ciclista en CALZADA |
Abre la puerta a señalización de circulación a contramano, señalización específica en semáforos, etc. Medidas imprescindibles para dar continuidad a ciertos trayectos. |
Art. 31 |
PROHIBIDO a vehículos motorizados: ADELANTAR A CICLISTAS EN CICLOCALLES. Obligados a acomodar el paso a la velocidad del ciclista |
Dará seguridad para circular en bicicleta por calzada y pacificará las calles en las que se implante. |
Art. 31bis |
Límites de VELOCIDAD diferenciados según tipo de vía ciclista |
Pretendían poner en todos los casos 20 km/h sin diferenciar tipo de vía. |
Art. 32 |
Autorización del uso de remolques de bicicletas para el transporte de personas (REMOLQUES DE BEBES) |
Hasta ahora prohibido. (Fuera del casco urbano sigue prohibido de momento). |
Art. 33 |
Posibilidad de usar más de una SILLA PORTABEBÉS en la bicicleta |
Inicialmente sólo contemplaban la posibilidad de silla portabebés trasera. Ahora es posible trasera y/o delantera |
Art. 33 |
REGISTRO VOLUNTARIO de bicicletas |
Pretendían que fuera obligatorio. |
Art. 34 |
Los APARCABICIS deberán estar SEÑALIZADOS como tal. |
Habrá que reclamar la implantación de las señales sobre todo en aparcabicis en los que a veces aparcan motos. |
Art.35 |
Ubicación de APARCABICIS en cota de CALZADA |
Hasta ahora la práctica totalidad se ha colocado en cota de acera. |
Art.87 |
Sacar la normativa de BICIBUR de la Ordenanza |
Se regirá por Reglamento específico. |
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VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL NIVEL A Y B NO pueden circular por ACERA |
Inicialmente permitían que cualquier tipo de VMP pudiera ir por ACERA. |
Art.37 |
VEHÍCULOS DE MOVILIDAD PERSONAL NIVEL C SOLO pueden circular por CALZADA |
Inicialmente permitían que cualquier tipo de VMP pudiera ir por ACERA. |
Art.37 |
DISTANCIA LATERAL DE SEGURIDAD para adelantar a ciclistas: 1,5 m |
Dará seguridad para circular en bicicleta por calzada. |
Art.39 – 2º |
DISTANCIA DE SEGURIDAD para circular detrás de ciclistas: 5 m (salvo en maniobras de adelantamiento) |
Dará seguridad para circular en bicicleta por calzada. |
Art.39 – 2º |
PROHIBIDO a vehículos motorizados: ADELANTAR A CICLISTAS EN CICLOCARRILES sin cambiar de carril |
Esto impide que te adelanten sin respetar la distancia lateral de seguridad. Obliga a cambiar de carril. Dará seguridad para circular en bicicleta por calzada y pacificará las calles en las que se implante. |
Art. 39- 5º |
Velocidad máx. 50 km/h en red básica sólo si hay DOS O MÁS carriles de circulación |
Inicialmente lo tenían contemplado para UNO o más carriles de circulación |
Art. 44 |
Permitido ACCESO AL BUS con BICI PLEGADA y posibilidad de introducir cualquier bici en buses diseñados al efecto |
Hasta ahora a criterio del conductor del bus. |
Art. 48 – 15º |
APARCAMIENTO DE MOTOS sólo en calzada y prohibido en aparcabicis |
Positivo. |
Art.51 y 86 |
Prohibido invadir más de 30 cm. acera o vía ciclista al estacionar en batería |
Esto impide la invasión de furgonetas y vehículos grandes sobre estas vías. Habitual en Avda. de la Paz, frente a piscinas del Plantío, etc. |
Art. 71 – 37º |
Posibilidad de aparcar bicicletas en mobiliario urbano |
Sin dañar el mobiliario y máximo 24 h. Seguidas. |
Art.87 |
Vehículos de carga y descarga no pueden ocupar las vías ciclistas |
Está bien que se especifique pues algunos parecen desconocerlo. |
Art.96 |
No se inmovilizan las bicis a menores de 16 años que circulan sin casco. |
A conductores de motos sí que se inmoviliza el vehículo si circulan sin casco. Recordemos que la obligatoriedad de usar casco en bici en ciudad sólo es para menores de 16. |
Art 126 c) |
Se publicará un listado de zonas y calles peatonales en las que no pueden circular bicicletas |
Proponíamos que esa lista ya estuviera redactada, consensuada y se hubiera incluido en la ordenanza. Así no haría falta Decreto de Alcaldía. Punto importante a vigilar |
Disposición Final primera. |